Sepuede celebrar una Junta para cesar al presidente. Para que esto se lleve a cabo debe ser aprobado por mayoría. Aunque las Juntas deben ser convocadas por el presidente de la comunidad, si él
Seha de tener en cuenta que conforme el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal el administrador es un órgano de la comunidad que es elegido por la junta de propietarios por un año, al igual que los demás cargos comunitarios, como es el presidente y otros cargos que pudieran elegirse como un tesorero o un vicepresidente.
Lajunta de propietarios deberá ser convocada por el presidente o por los promotores de la misma siempre que sean, al menos, una cuarta parte de los propietarios o un número de estos queElpresidente de la comunidad no puede cesar al administrador sin convocar una Junta y que el voto sea favorable. La junta, que es carácter extraordinario, la puede convocar
Otrade las funciones que corresponde al administrador pero que puede recaer en el presidente es ocuparse de los cobros de recibos y exigir los pagos , si es necesario, judicialmente, previo . 4 182 96 245 211 42 380 297 294